En los últimos años ha aumentado el interés por adquirir cotos de caza en España. El incremento del turismo cinegético, el auge de las actividades al aire libre y la mayor preocupación por la conexión con la naturaleza han llevado a muchas personas a plantearse la compra de un coto de caza.
Sin embargo, comprar un coto de caza no es igual que adquirir otros inmuebles rústicos y, por tanto, es esencial tener claros los pasos a seguir. Por ello, Cocampo proporciona esta guía completa, que explica los procedimientos previos a la compra, los costes asociados, las obligaciones que se tienen como titular y el proceso de adquisición.
Índice de contenidos
¿Qué es exactamente un coto de caza?
Antes de empezar a detallar los pasos para adquirir un coto, así como otros puntos, conviene entender qué es un coto de caza.
Definición y propósito de un coto de caza
Un coto de caza es una superficie continua de terreno no urbano susceptible de aprovechamiento cinegético, que ha sido declarada como tal por la administración.
Estos terrenos se designan con el objetivo de gestionar la caza de manera sostenible y están señalizados en sus límites.
Diferencias clave: coto de caza vs. terreno libre
Un coto de caza se diferencia de un terreno libre en que está sometido a un régimen especial de gestión y control. Mientras que en el terreno libre se puede ejercer la caza siguiendo únicamente las normas generales fijadas fijadas en la Ley de Caza y su Reglamento, los cotos de caza deben tener planes anuales de aprovechamiento cinegético.
Por otro lado, en el terreno libre, cualquier cazador con licencia puede practicar la caza. En el acotado de caza, por el contrario, el acceso está restringido a quienes poseen una autorización del titular del coto o forman parte de la sociedad de cazadores que lo gestiona.
Tipos de cotos de caza en España
Los cotos de caza pueden ser de diferentes tipos, como privados, deportivos o públicos.
Cotos privados de caza
Los cotos privados de caza son los más populares en España. Pueden ser gestionados por personas físicas (propietarios particulares) o personas jurídicas (empresas o entidades) y pueden tener o no ánimo de lucro.
Los cazadores, para poder practicar la caza en los cotos privados de caza, deben tener la autorización del titular o titulares del terreno.
Cotos deportivos
Los cotos deportivos son terrenos cinegéticos que están gestionados por clubes de cazadores sin ánimo de lucro. Estos están federados en la federación autonómica de caza correspondiente a la comunidad autónoma en la que se encuentra el terreno.
El objetivo principal de estos cotos no es obtener un lucro económico, sino la gestión cinegética. Por tanto, priorizan la conservación de las especies. En ellos pueden practicar la caza únicamente los socios del club.
Cotos públicos
Los cotos públicos son terrenos de caza cuya titularidad de los derechos cinegéticos pertenece a la Administración pública (estatal, autonómica o municipal).
Para poder practicar la caza en estos cotos, los cazadores tienen que obtener un permiso o licencia, que es expedido por la administración competente.
Dentro de los cotos públicos se encuentran los cotos sociales, los cotos regionales, las Reservas de Caza y las zonas de caza controlada.
Pasos clave antes de comprar un coto de caza
La adquisición de un coto de caza presenta diferencias con respecto a la compra de cualquier otro tipo de inmueble rústico.
Por esta razón, es preferible seguir una serie de pasos con el fin de materializar la compra de la manera más segura posible.
Defina sus objetivos: ¿caza mayor o menor? ¿uso privado o explotación?
Antes de comenzar a buscar opciones en venta, decida si se va a enfocar en caza mayor (ciervos, jabalíes, corzos, etc.) o en caza menor (conejos, perdices, codornices, etc.).
También, defina si el coto será para uso privado y recreativo, es decir, sin ánimo de lucro y para el disfrute personal o familiar, o si se destinará a la explotación comercial.
Investigación de zonas y fincas: dónde buscar
Tras definir sus objetivos, investigue qué zonas geográficas son buenas para desempeñar la actividad. Para ello, considere la abundancia de especies, el clima y la accesibilidad al terreno.
Utilice plataformas especializadas, como Cocampo, para buscar opciones en venta. Cocampo es una plataforma para la compraventa y el arrendamiento de fincas rústicas en la que puede filtrar cotos por provincia, superficie y tipo de anuncio (nuevo o de banco).
Aspectos legales y administrativos a verificar
Compruebe que el coto esté constituido oficialmente. Este tiene que ser una superficie continua de terreno no urbano susceptible de aprovechamiento cinegético, con un mínimo 250-500 hectáreas según el tipo de caza (menor o mayor).
Asimismo, revise el Plan Técnico de Caza. En este documento aparecen los censos de especies, los cupos de capturas y el número de cazadores por jornada, entre otras cuestiones.
Adquirido el coto, es importante que notifique a la administración autonómica o local el cambio de titularidad, de modo que quede registrado en el registro de cotos.
La importancia de la gestión cinegética
Tenga en cuenta la gestión cinegética en todo momento para que el coto sea factible a largo plazo.
Si no se realiza una gestión cinegética responsable, las poblaciones de fauna se sobreexplotan, los hábitats naturales se deterioran y el medio ambiente se ve afectado.
¿Cuánto cuesta un coto de caza?
Factores que influyen en el precio
El precio de un coto de caza está condicionado por múltiples factores:
- Ubicación. Los cotos situados en regiones que se caracterizan por tener una alta biodiversidad o tradición cinegética se venden por más dinero.
- Superficie. Cuanto mayor es la superficie, por norma general, mayor es el valor en el mercado.
- Especies y abundancia de caza. La presencia, cantidad y calidad de animales es otro aspecto relevante.
- Infraestructuras. La existencia de vallas, comederos, bebederos, caminos internos, alojamientos o torres de vigilancia es un plus, que se ve reflejado en el precio.
- Tipo de coto. El precio de un coto mayor no es el mismo que el de un coto menor, pues estos últimos son más económicos. Lo mismo ocurre con los cotos intensivos.
- Situación legal de la finca.
- Demanda del mercado. Cuanto mayor es la demanda, así como el interés por la zona o las características del coto, más elevado es el precio de venta.
Según el Informe 2024 Cocampo sobre el Precio de las Fincas Rústicas en España, elaborado a partir de datos de la propia plataforma, las fincas cinegéticas tienen un precio medio de 6.445 euros por hectárea.
Costes asociados: mantenimiento, impuestos y obligaciones
Aunque el principal gasto al comprar un coto de caza es su precio de adquisición, no es el único al que hay que hacer frente. También, hay que tener presente el mantenimiento, los impuestos por la compra y los costes relacionados con las obligaciones legales.
Impuestos sobre la transmisión
El comprador tiene que abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) cuando el vendedor es un particular o cuando la venta está exenta de IVA. Cuando el vendedor es un empresario o profesional a efectos del IVA, la venta puede estar sujeta a este impuesto.
Si la compraventa se formaliza mediante escritura pública ante notario, tiene que pagar también el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD).
Gastos notariales y registrales
La formalización de la operación en escritura pública conlleva el pago de los honorarios notariales, así como los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad.
Ambos están regulados por ley, en concreto, en el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989, respectivamente.
Mantenimiento
Para poder cazar cada temporada, se tiene que abonar anualmente una tasa administrativa, conocida como matrícula anual.
El impago de esta matrícula provoca que el coto pierda su autorización legal y quede fuera del registro de cotos. Esto significa que no se puede ejercer la actividad cinegética en ese terreno.
El importe de la matrícula anual de un coto de caza no es igual para todo el mundo, pues cambia en función de la comunidad autónoma y el tipo de coto.
Obligaciones
Además, puede ocurrir que la finca no esté declarada como coto de caza. En ese caso, hay que tramitar su declaración ante la consejería de medio ambiente, caza o montes de la comunidad autónoma donde está la finca. Este trámite es obligatorio si se quiere aprovechar el terreno para la caza.
El coste de declarar un coto de caza no es el mismo en todas las comunidades. Este engloba las tasas administrativas de la solicitud, la elaboración del Plan Técnico de Caza (obligatorio) y la matrícula anual para su mantenimiento mencionada con anterioridad.
Por otro lado, se tiene que contratar un seguro de responsabilidad civil para el coto.
Rango de precios orientativo en España
| Resumen de gastos al comprar un coto de caza | |
|---|---|
| Cuestión | Aproximación de coste |
| Precio de adquisición | Precio medio: 6.445 €/ha Ejemplo: 250 – 500 ha → 1.611.250 € – 3.222.500 € |
| Impuestos sobre la transmisión | 7 – 10% del precio de compra |
| Gastos notariales y registrales | 0,5 – 1,5% del precio de compra |
| Matrícula anual | 200 – 1.000 €/año |
| Declaración del coto y Plan Técnico de Caza | 500 – 2.000 €, según comunidad y tamaño |
| Seguro de responsabilidad civil | 100 – 500 €/año |
Obligaciones legales y de gestión del titular de un coto
Los titulares de cotos tienen unas obligaciones legales y de gestión, que tienen que cumplir para no tener problemas.
Las principales obligaciones de un coto de caza son:
El Plan Técnico de Caza: su hoja de ruta obligatoria
Es obligatorio contar con un Plan Técnico de Caza aprobado por la consejería de medio ambiente y caza de la comunidad autónoma en la que se sitúa el coto.
El Plan Técnico de Caza es un documento en el que se establecen las normas para el aprovechamiento cinegético del terreno. Entre otras cosas, define las características del coto, las especies cazables, los cupos de capturas anuales, las modalidades de caza y las temporadas.
Su validez es de entre cuatro y cinco años, dependiendo de la comunidad autónoma.
Señalización correcta del acotado (tablillas, señales)
Los cotos de caza tienen que estar señalizados. Lo anterior se exige con el objetivo de prevenir accidentes y garantizar la seguridad de los cazadores y terceros.
Se diferencian dos tipos de señales obligatorias: las tablillas de primer orden y las tablillas de segundo orden.
Las tablillas de primer orden se tienen que colocar en todas las vías de acceso al coto y en los puntos intermedios del perímetro. Igualmente, deben cumplir con una serie de características respecto a material, tamaño, altura y colores.
Las tablillas de segundo orden, por su parte, se tienen que poner entre las tablillas de primer orden para reforzar la señalización del coto. Estas también tienen que cumplir con uno requisitos específicos de material, tamaño y visibilidad.
Responsabilidad por daños y seguros
El titular del coto es responsable de los daños que puedan sufrir terceros, tanto personas como propiedades, en el terreno o en sus áreas circundantes.
Como consecuencia, se pide a los cotos disponer de un seguro de responsabilidad civil para poder operar legalmente. De esta manera, las víctimas pueden ser indemnizadas sin que el titular tenga que asumir todo el coste. La cuantía mínima de este seguro es distinta en unas regiones u otras del país.
Proceso de compra
En el proceso de compraventa de un coto, es conveniente contar con el apoyo de profesionales, revisar que la finca está al día en escrituras, licencias y cargas, conocer personalmente el estado del terreno y formalizar la operación por escrito.
Asesoramiento profesional: abogados y expertos en gestión cinegética
Es recomendable buscar asesoramiento profesional de abogados especializados en derecho cinegético y expertos en gestión de cotos de caza.
Los abogados dan soporte en cuanto a que el terreno se ajuste a la normativa cotos de caza estatal y autonómica. Adicionalmente, ayudan en la redacción del contrato de compraventa y en la obtención de permisos, en caso de ser necesario.
Los expertos en gestión cinegética asesoran en la evaluación del Plan Técnico de Caza.
Due Diligence: verificación de licencias, deudas y estado de la finca
Resulta conveniente llevar a cabo un proceso de investigación y verificación exhaustiva antes de comprar o invertir en el coto.
En primer lugar, se tiene que comprobar que el coto cuenta con escritura y está inscrito en el Registro de la Propiedad. Para ello, se debe solicitar al propietario la escritura de la finca y, además, pedir una Nota Simple en el Registro.
Con este último documento es posible cerciorarse también de que el vendedor es realmente el titular del coto y que la propiedad está libre de cargas y gravámenes, como embargos, hipotecas o servidumbres.
En segundo lugar, hay que revisar que todas las licencias de actividad relacionadas con el coto se encuentran en vigor.
Por último, es aconsejable visitar el coto personalmente para conocer su estado físico.
Firma de contratos y trámites notariales
Resulta fundamental formalizar la operación mediante un contrato de compraventa, de manera que exista un documento que refleje los términos acordados y sirva como prueba del compromiso de ambas partes con la transacción.
Si bien no es obligatorio elevar este contrato a escritura pública ante notario, es aconsejable hacerlo. Y es que sólo los actos formalizados en escritura pública pueden inscribirse en el Registro de la Propiedad. Esta inscripción, a su vez, es imprescindible si se quiere ser reconocido oficialmente como el titular del coto y dejar constancia legal de la transmisión.
Preguntas frecuentes sobre la compra de cotos de caza (FAQ)
¿Cuántas hectáreas mínimas necesita un coto de caza?
La superficie mínima para un coto de caza es distinta en cada comunidad autónoma. Se exige, por regla general, un mínimo de 250 hectáreas para caza menor y 500 hectáreas para caza mayor.
Desde Cocampo recomendamos recurrir a la normativa regional para conocer con precisión la superficie mínima requerida en su comunidad.
¿Cómo puedo saber si un terreno es ya un coto de caza?
Una forma de hacerse una primera idea de si un terreno es un coto de caza es comprobar si tiene alguna de las señales obligatorias que delimitan estos espacios. Si las hay, es muy probable que se trate de un coto.
No obstante, la manera más segura de confirmarlo es consultar los registros oficiales. Las comunidades autónomas disponen de un registro de cotos de caza, donde se inscriben al declararse. Este registro se puede consultar de forma presencial u online en la consejería de medio ambiente, caza o montes de la comunidad donde se encuentra el terreno.
¿Quién es el titular legal de un coto?
El titular legal de un coto es la persona, física o jurídica, que ostenta los derechos de aprovechamiento cinegético del terreno. Es decir, es quien puede cazar en ese espacio. Para que otras personas puedan hacerlo, deben tener la autorización del titular del coto.
¿Qué normativas regulan la señalización de los cotos?
La caza es una competencia exclusiva de las comunidades autónomas y, en consecuencia, la señalización de un coto de caza está regulada por la normativa estatal y autonómica.
A nivel estatal está la Resolución de la Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial, que establece las bases para la señalización de los cotos. Las comunidades autónomas pueden seguir esta normativa estatal o crear su propia legislación tomando la estatal como referencia.
En nuestro artículo sobre tipos de cotos explicamos todo lo que debe saber sobre la señalización.
¿Es necesario estar federado para cazar en mi propio coto?
No, no es obligatorio estar federado para cazar en un coto propio. Pero sí hay que disponer de una licencia de caza y, si se utiliza un arma de fuego, una licencia de armas.
Si se es el propietario del terreno y el titular legal del coto, este debe estar registrado legalmente y estar provisto de un Plan Técnico de Caza aprobado por la comunidad autónoma.
De igual modo, se tiene que respetar la temporada de caza, las especies autorizadas y los terrenos permitidos de acuerdo con la normativa de cada comunidad.
Por último, es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil.
Fuentes
- Boletín Oficial del Estado (BOE)
- Informe 2024 Cocampo sobre el Precio de las Fincas Rústicas en España

